Luces y frenos del vehículo en Texas: faros, luces traseras, luces de freno y frenos (capítulo 547)
El texto oficial de las leyes de Texas sobre cuándo debe tener encendidas las luces un vehículo, los faros, luces traseras, luces de freno y direccionales que debe tener y los frenos con que debe estar equipado y que debe mantener, con una explicación en lenguaje sencillo y cómo anota un reporte de accidente de Texas los defectos del vehículo. Texto revisado por última vez el 30 de octubre de 2026.
La respuesta corta
El capítulo 547 del Código de Transporte de Texas es el código de equipo de vehículos del estado. El §547.302(a) dice que un vehículo "shall display each lighted lamp and illuminating device required by this chapter to be on the vehicle" (debe tener encendidas cada lámpara y cada dispositivo de iluminación que este capítulo exige que tenga el vehículo) de noche y cuando la luz sea insuficiente o las condiciones sean desfavorables (Código de Transporte §547.302, en inglés). Un vehículo motorizado debe estar equipado con al menos dos faros (§547.321), luces traseras (§547.322), luces de freno (§547.323) y luces direccionales (§547.324), y los frenos "shall be maintained in good working order" (deben mantenerse en buen estado de funcionamiento) (§547.402, en inglés). Un reporte de accidente de Texas anota los defectos de luces y de frenos en su propia lista de defectos del vehículo (hoja de códigos CR-3CS de TxDOT, en inglés).
Esta entrada es solo orientación informativa general y no constituye asesoría legal.
Las leyes que se citan aquí están publicadas en inglés; los enlaces llevan a esos textos oficiales. Las traducciones al español de esta página no son oficiales.
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Comenzar admisión gratuitaDatos clave (al 30 de octubre de 2026)
- Cuándo se encienden las luces. De noche, y cuando la luz sea insuficiente o las condiciones atmosféricas sean desfavorables de modo que una persona o un vehículo no se distinga claramente a una distancia de 1,000 pies por delante (§547.302(a), en inglés).
- Faros. Al menos dos, uno a cada lado del frente, montados a una altura de 24 a 54 pulgadas (§547.321, en inglés).
- Luces traseras. Al menos dos, rojas, claramente visibles a 1,000 pies desde atrás, además de una luz blanca en la placa trasera (§547.322, en inglés).
- Luces de freno. Al menos dos atrás, rojas o ámbar, visibles al menos a 300 pies a la luz del sol y que se muestren cuando se aplica el freno de servicio (§547.323, en inglés).
- Luces direccionales. Lámparas eléctricas intermitentes al frente y atrás y del lado hacia el que se da la vuelta (§547.324, en inglés).
- Frenos. Obligatorios en un vehículo motorizado, con frenos en cada rueda salvo lo enumerado, mantenidos en buen estado de funcionamiento (§547.401, §547.402, en inglés).
- En el reporte de accidente. Los códigos de defectos del vehículo 5 a 10 y los códigos de factores que contribuyeron 21 y 56 están en las listas 39 y 38 (CR-3CS, en inglés).
- Última enmienda en 2025. La línea de historial del §547.323 indica como su enmienda más reciente las Leyes de 2025, 89.ª Legislatura, sesión ordinaria, cap. 359 (S.B. 1493).
¿Qué dicen el §547.004 y el §547.302?
Texto oficial del §547.004(a) y de los incisos (a) a (c) del §547.302 del Código de Transporte de Texas, tal como lo publica la Legislatura de Texas (en inglés):
Sec. 547.004. GENERAL OFFENSES. (a) A person commits an offense that is a misdemeanor if the person operates or moves or, as an owner, knowingly permits another to operate or move, a vehicle that:
(1) is unsafe so as to endanger a person;
(2) is not equipped in a manner that complies with the vehicle equipment standards and requirements established by this chapter; or
(3) is equipped in a manner prohibited by this chapter.
Traducción no oficial al español:
Sec. 547.004. DELITOS EN GENERAL. (a) Una persona comete un delito menor (misdemeanor) si maneja o mueve, o, como dueña, permite a sabiendas que otra maneje o mueva, un vehículo que:
(1) es inseguro de modo que pone en peligro a una persona;
(2) no está equipado de una manera que cumpla las normas y requisitos de equipo de vehículos establecidos por este capítulo; o
(3) está equipado de una manera que este capítulo prohíbe.
Fuente: §547.004 del Código de Transporte de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés).
Sec. 547.302. DUTY TO DISPLAY LIGHTS. (a) A vehicle shall display each lighted lamp and illuminating device required by this chapter to be on the vehicle:
(1) at nighttime; and
(2) when light is insufficient or atmospheric conditions are unfavorable so that a person or vehicle on the highway is not clearly discernible at a distance of 1,000 feet ahead.
(b) A signaling device, including a stoplamp or a turn signal lamp, shall be lighted as prescribed by this chapter.
(c) At least one lighted lamp shall be displayed on each side of the front of a motor vehicle.
Traducción no oficial al español:
Sec. 547.302. DEBER DE ENCENDER LAS LUCES. (a) Un vehículo debe tener encendidas cada lámpara y cada dispositivo de iluminación que este capítulo exige que tenga el vehículo:
(1) de noche; y
(2) cuando la luz sea insuficiente o las condiciones atmosféricas sean desfavorables de modo que una persona o un vehículo en la carretera no se distinga claramente a una distancia de 1,000 pies por delante.
(b) Un dispositivo de señalización, incluidas una luz de freno o una luz direccional, debe encenderse como lo prescribe este capítulo.
(c) Debe mostrarse al menos una lámpara encendida a cada lado del frente de un vehículo motorizado.
El inciso (d) del §547.302 limita a cuatro cuántos faros y lámparas auxiliares brillantes pueden estar encendidos a la vez en el frente de un vehículo motorizado (§547.302, en inglés). El §547.004(c) permite que un tribunal desestime un cargo bajo la sección si el acusado corrige el defecto antes de su primera comparecencia ante el tribunal y paga una cuota de reembolso; la cuota no se imprime aquí, y el inciso (d) dice que esa regla de desestimación no se aplica a un delito que involucre un vehículo comercial motorizado (§547.004, en inglés).
Fuente: §547.302 del Código de Transporte de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés). Texto revisado por última vez el 30 de octubre de 2026.
¿Qué dicen los §§547.321 a 547.324 sobre las lámparas obligatorias?
Sec. 547.321. HEADLAMPS REQUIRED. (a) A motor vehicle shall be equipped with at least two headlamps.
(b) At least one headlamp shall be mounted on each side of the front of the vehicle.
(c) Each headlamp shall be mounted at a height from 24 to 54 inches.
Traducción no oficial al español:
Sec. 547.321. FAROS OBLIGATORIOS. (a) Un vehículo motorizado debe estar equipado con al menos dos faros.
(b) Al menos un faro debe estar montado a cada lado del frente del vehículo.
(c) Cada faro debe estar montado a una altura de 24 a 54 pulgadas.
Fuente: §547.321 del Código de Transporte de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés).
Sec. 547.322. TAILLAMPS REQUIRED. (a) Except as provided by Subsection (b), a motor vehicle, trailer, semitrailer, pole trailer, or vehicle that is towed at the end of a combination of vehicles shall be equipped with at least two taillamps.
(d) A taillamp shall emit a red light plainly visible at a distance of 1,000 feet from the rear of the vehicle.
(f) A taillamp or a separate lamp shall be constructed and mounted to emit a white light that:
(1) illuminates the rear license plate; and
(2) makes the plate clearly legible at a distance of 50 feet from the rear.
(g) A taillamp, including a separate lamp used to illuminate a rear license plate, must emit a light when a headlamp or auxiliary driving lamp is lighted.
Traducción no oficial al español:
Sec. 547.322. LUCES TRASERAS OBLIGATORIAS. (a) Salvo lo dispuesto en el inciso (b), un vehículo motorizado, remolque, semirremolque, remolque de poste o vehículo remolcado al final de una combinación de vehículos debe estar equipado con al menos dos luces traseras.
(d) Una luz trasera debe emitir una luz roja claramente visible a una distancia de 1,000 pies desde la parte trasera del vehículo.
(f) Una luz trasera o una lámpara aparte debe estar construida y montada para emitir una luz blanca que:
(1) ilumine la placa trasera; y
(2) haga que la placa sea claramente legible a una distancia de 50 pies desde atrás.
(g) Una luz trasera, incluida una lámpara aparte que se use para iluminar la placa trasera, debe emitir luz cuando esté encendido un faro o una luz auxiliar de manejo.
Fuente: §547.322 del Código de Transporte de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés).
Sec. 547.323. STOPLAMPS REQUIRED. (a) Except as provided by Subsection (b), a motor vehicle, trailer, semitrailer, or pole trailer shall be equipped with at least two stoplamps.
(c) A stoplamp shall be mounted on the rear of the vehicle.
(d) A stoplamp shall emit a red or amber light, or a color between red and amber, that is:
(1) visible in normal sunlight at a distance of at least 300 feet from the rear of the vehicle; and
(2) displayed when the vehicle service brake is applied.
Traducción no oficial al español:
Sec. 547.323. LUCES DE FRENO OBLIGATORIAS. (a) Salvo lo dispuesto en el inciso (b), un vehículo motorizado, remolque, semirremolque o remolque de poste debe estar equipado con al menos dos luces de freno.
(c) Una luz de freno debe estar montada en la parte trasera del vehículo.
(d) Una luz de freno debe emitir una luz roja o ámbar, o de un color entre rojo y ámbar, que sea:
(1) visible a plena luz del sol a una distancia de al menos 300 pies desde la parte trasera del vehículo; y
(2) mostrada cuando se aplica el freno de servicio del vehículo.
Fuente: §547.323 del Código de Transporte de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés).
Sec. 547.324. TURN SIGNAL LAMPS REQUIRED. (a) Except as provided by Subsection (b), a motor vehicle, trailer, semitrailer, or pole trailer shall be equipped with electric turn signal lamps that indicate the operator's intent to turn by displaying flashing lights to the front and rear of a vehicle or combination of vehicles and on that side of the vehicle or combination toward which the turn is to be made.
Traducción no oficial al español:
Sec. 547.324. LUCES DIRECCIONALES OBLIGATORIAS. (a) Salvo lo dispuesto en el inciso (b), un vehículo motorizado, remolque, semirremolque o remolque de poste debe estar equipado con luces direccionales eléctricas que indiquen la intención del conductor de dar vuelta mostrando luces intermitentes al frente y atrás de un vehículo o combinación de vehículos y del lado del vehículo o de la combinación hacia el que se dará la vuelta.
Fuente: §547.324 del Código de Transporte de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés). Texto revisado por última vez el 30 de octubre de 2026.
Las secciones tienen más incisos, como las excepciones anteriores a 1960, las reglas de montaje de las luces traseras y las direccionales y el color y las distancias de visibilidad que deben cumplir; esta entrada cita solo las partes anteriores. La regla sobre cuándo debe señalar una vuelta un conductor está en otro capítulo y se cita en la entrada sobre vueltas y señales.
¿Qué dicen el §547.383, el §547.401 y el §547.402?
El §547.383(a) exige que un vehículo, que no sea un ciclomotor ni una motocicleta con un motor de 250 centímetros cúbicos de cilindrada o menos, esté equipado con al menos una lámpara, o una combinación de lámparas, que emita una luz blanca o ámbar visible a una distancia de 1,000 pies desde el frente y una luz roja visible a una distancia de 1,000 pies desde atrás, y el inciso (b) exige que un vehículo de ese tipo que esté "parked or stopped on a roadway or shoulder at a time specified in Section 547.302(a)" (estacionado o detenido en una calzada o acotamiento en un momento señalado en la Sección 547.302(a)) muestre esa lámpara. El inciso (c) dice que un vehículo estacionado legalmente en una carretera no está obligado a mostrar luces de noche "if there is sufficient light to reveal a person or vehicle on the highway at a distance of 1,000 feet" (si hay luz suficiente para revelar a una persona o un vehículo en la carretera a una distancia de 1,000 pies) (§547.383, en inglés).
Sec. 547.401. BRAKES REQUIRED. (a) Except as provided by Subsection (b), a motor vehicle, trailer, semitrailer, pole trailer, or combination of those vehicles shall be equipped with brakes that comply with this chapter.
Traducción no oficial al español:
Sec. 547.401. FRENOS OBLIGATORIOS. (a) Salvo lo dispuesto en el inciso (b), un vehículo motorizado, remolque, semirremolque, remolque de poste o combinación de esos vehículos debe estar equipado con frenos que cumplan este capítulo.
Fuente: §547.401 del Código de Transporte de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés).
El inciso (b) del §547.401 dice que un remolque, semirremolque o remolque de poste no está obligado a tener frenos si su peso bruto es de 4,500 libras o menos, o si pesa más de 4,500 libras pero no más de 15,000 libras y se remolca a una velocidad de no más de 30 millas por hora (§547.401, en inglés).
Sec. 547.402. OPERATION AND MAINTENANCE OF BRAKES. (a) Required brakes shall operate on each wheel of a vehicle except:
(1) special mobile equipment;
(2) a vehicle that is towed as a commodity when at least one set of the towed vehicle's wheels is on the roadway, if the combination of vehicles complies with the performance requirements of this chapter; and
(3) a trailer, semitrailer, or pole trailer with a gross weight heavier than 4,500 pounds but not heavier than 15,000 pounds drawn at a speed of more than 30 miles per hour, if the brakes operate on both wheels of the rear axle.
(d) Brakes shall be maintained in good working order and adjusted to operate on wheels on each side of the vehicle as equally as practicable.
Traducción no oficial al español:
Sec. 547.402. OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS FRENOS. (a) Los frenos obligatorios deben funcionar en cada rueda de un vehículo, excepto:
(1) el equipo móvil especial;
(2) un vehículo que se remolca como mercancía cuando al menos un juego de ruedas del vehículo remolcado está en la calzada, si la combinación de vehículos cumple los requisitos de desempeño de este capítulo; y
(3) un remolque, semirremolque o remolque de poste con un peso bruto de más de 4,500 libras pero no más de 15,000 libras remolcado a una velocidad de más de 30 millas por hora, si los frenos funcionan en las dos ruedas del eje trasero.
(d) Los frenos deben mantenerse en buen estado de funcionamiento y ajustados para operar en las ruedas de cada lado del vehículo de forma pareja en lo posible.
Fuente: §547.402 del Código de Transporte de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés). Texto revisado por última vez el 30 de octubre de 2026.
Los incisos (b) y (c) del §547.402 tratan de los camiones con al menos tres ejes y de los remolques con sistemas de freno de sobrecarga o de inercia (§547.402, en inglés). Las reglas de equipo específicas de los vehículos comerciales motorizados no se tratan aquí; la entrada sobre el capítulo 644 trata de la seguridad de los vehículos comerciales motorizados.
¿Qué significa en lenguaje sencillo?
- El capítulo es un código de equipo. Dice con qué debe estar equipado un vehículo y cuándo debe usarse el equipo. El capítulo 545 dice cómo debe manejar un conductor.
- Las luces dependen de las condiciones. El deber de tener encendidas las lámparas se aplica de noche y cuando la luz sea insuficiente o las condiciones atmosféricas sean desfavorables de modo que una persona o un vehículo en la carretera no se distinga claramente a una distancia de 1,000 pies por delante.
- Cada lámpara tiene su propia sección. Los faros, las luces traseras, las luces de freno y las luces direccionales tienen cada uno sus propios requisitos de número, montaje, color y visibilidad.
- Los frenos son obligatorios y se mantienen. El §547.401 los exige en un vehículo motorizado; el §547.402(d) dice que "shall be maintained in good working order" (deben mantenerse en buen estado de funcionamiento).
- Los delitos de equipo pueden alcanzar al dueño. El §547.004(a) se aplica a la persona que maneja un vehículo y al dueño que "knowingly permits another to operate or move" (permite a sabiendas que otra persona maneje o mueva) un vehículo que es inseguro de modo que pone en peligro a una persona o que no está equipado como lo exige el capítulo.
- Un delito de tránsito. El delito general del capítulo 547 es un delito menor (misdemeanor) (§547.004(a), en inglés); no hacer un acto que exige el subtítulo de tránsito también es un delito (§542.301, en inglés).
¿Cómo anota un reporte de accidente las luces y los frenos?
- Una lista aparte. El CR-100 de TxDOT dice que la sección de defectos del vehículo "is designed for the investigating officer to record if Vehicle Defects contributed to the crash for each unit" (está diseñada para que el oficial que investiga anote si los defectos del vehículo contribuyeron al choque en cada unidad) y agrega "They may not have enough evidence to file a traffic charge but does have enough data to render an opinion as to the contributing factors of the crash" (puede que no tengan pruebas suficientes para presentar un cargo de tránsito pero sí datos suficientes para dar una opinión sobre los factores que contribuyeron al choque) (CR-100, versión 29.0, en inglés).
- Seis códigos de defectos. En la lista 39 de la hoja de códigos, el código 5 es "Defective or No Headlamps" (faros defectuosos o sin faros), el 6 es "Defective or No Stop Lamps" (luces de freno defectuosas o sin luces de freno), el 7 es "Defective or No Tail Lamps" (luces traseras defectuosas o sin luces traseras), el 8 es "Defective or No Turn Signal Lamps" (direccionales defectuosas o sin direccionales), el 9 es "Defective or No Trailer Brakes" (frenos de remolque defectuosos o sin frenos de remolque) y el 10 es "Defective or No Vehicle Brakes" (frenos del vehículo defectuosos o sin frenos) (CR-3CS, 4/1/2023, en inglés).
- Cómo los define TxDOT. El CR-100 describe el código 5 como cuando "a vehicle is not equipped with headlamps or when headlamps are defective to any extent that they contribute to the crash" (un vehículo no está equipado con faros o los faros están defectuosos en una medida que contribuye al choque), con la cita "Section 547.302 and 547.321"; el código 6 como "When the lack or malfunction of stop lamps contributes to the crash" (cuando la falta o el mal funcionamiento de las luces de freno contribuye al choque), con la cita "Section 547.323"; y el código 8 como "When the lack of or malfunction of turn signals contributes to the crash" (cuando la falta o el mal funcionamiento de las direccionales contribuye al choque), con la cita "Section 547.324". El código 10 es "When the lack of or malfunction of brakes on motor vehicles or motorcycles contributes to the crash" (cuando la falta o el mal funcionamiento de los frenos de vehículos motorizados o motocicletas contribuye al choque), con la cita "Section 547.401 and 547.402".
- Luces traseras. Para el código 7, el CR-100 dice "Consideration should be given to factors in the crash such as time of day and lighting conditions and not statute requirements" (se deben considerar factores del choque como la hora del día y las condiciones de iluminación y no los requisitos de la ley), con la cita "Section 547.322".
- Dos códigos de factores que contribuyeron. En la lista 38, el código 21 es "Drove Without Headlights" (manejó sin faros), definido como cuando "lighting conditions or time of day dictates use of headlights for safe operation to perceive actual hazards and a lack of compliance contributes to the crash" (las condiciones de iluminación o la hora del día exigen usar faros para manejar con seguridad y percibir peligros reales y la falta de cumplimiento contribuye al choque), con la cita "Section 547.302(a)"; el código 56 es "Parked without Lights" (estacionado sin luces), definido como cuando un vehículo "is parked without lights in violation of any provision of Section 547.383 and the action contributes to the crash" (está estacionado sin luces en contra de cualquier disposición de la Sección 547.383 y la acción contribuye al choque).
- Una opinión, no un cargo. Los códigos de defectos del vehículo y de factores que contribuyeron en un CR-3 son la opinión del oficial que investigó. La guía para leer un reporte de accidente de Texas explica los demás campos y listas de códigos.
- Los reclamos civiles son aparte. El capítulo 547 dice con qué debe estar equipado un vehículo. No dice si un defecto de equipo importa en un reclamo civil por lesiones ni cómo; las reglas de Texas para repartir la responsabilidad entre las personas involucradas están en el capítulo 33 del Código de Prácticas y Remedios Civiles, que cita la entrada sobre el §33.001.
¿Qué se aplica en Houston y el condado de Harris?
- Reglas de todo el estado. El capítulo 547 se aplica en las calles de Houston y en los caminos y autopistas del condado de Harris, igual que en todo Texas.
- No se encontró ninguna regla local. No se leyó para esta entrada ninguna ordenanza de la Ciudad de Houston ni del condado de Harris sobre luces o frenos de vehículos, y no se cita ninguna.
- El mismo reporte de accidente. Un choque que investiga el Departamento de Policía de Houston, la Oficina del Alguacil del condado de Harris u otra agencia se reporta en el mismo formulario CR-3; la guía para pedir un reporte de accidente en Houston indica cómo dice cada agencia local que se pide una copia.
- Entradas relacionadas. La entrada sobre vehículos comerciales motorizados trata de la seguridad de los vehículos comerciales motorizados, y la guía sobre accidentes de camión trata el tema con más amplitud.
¿Cuándo se revisó y puede cambiar?
El texto anterior se revisó por última vez el 30 de octubre de 2026 contra el texto oficial publicado por la Legislatura de Texas, y la hoja de códigos y las instrucciones de TxDOT se leyeron el mismo día. La Legislatura puede enmendar una ley en cualquier sesión. Se reúne en sesión ordinaria el segundo martes de enero de cada año impar (Código de Gobierno §301.001, en inglés), así que la próxima sesión ordinaria empieza el 12 de enero de 2027. Está programado volver a revisar esta entrada contra el texto oficial a más tardar en abril de 2027 y otra vez cuando termine la sesión ordinaria de 2027.
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- La responsabilidad proporcional: la entrada sobre el §33.001
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Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo debe tener encendidas las luces un vehículo en Texas?
- Según el §547.302(a) del Código de Transporte de Texas, un vehículo debe tener encendidas cada lámpara y cada dispositivo de iluminación que el capítulo 547 exige que tenga el vehículo, de noche y cuando la luz sea insuficiente o las condiciones atmosféricas sean desfavorables de modo que una persona o un vehículo en la carretera no se distinga claramente a una distancia de 1,000 pies por delante. El inciso (b) dice que un dispositivo de señalización, incluidas una luz de freno o una luz direccional, debe encenderse como lo prescribe el capítulo.
- ¿Cuántos faros debe tener un vehículo en Texas?
- El §547.321 dice que un vehículo motorizado debe estar equipado con al menos dos faros, al menos un faro debe estar montado a cada lado del frente del vehículo y cada faro debe estar montado a una altura de 24 a 54 pulgadas.
- ¿Qué exigen las reglas de Texas sobre luces traseras y luces de freno?
- El §547.322 exige al menos dos luces traseras (una para un automóvil de pasajeros o camión fabricado o ensamblado antes del año modelo 1960), montadas a una altura de 15 a 72 pulgadas, que emitan una luz roja claramente visible a una distancia de 1,000 pies desde la parte trasera, además de una luz blanca que ilumine la placa trasera. El §547.323 exige al menos dos luces de freno montadas atrás que emitan una luz roja o ámbar, o de un color entre rojo y ámbar, visible a plena luz del sol a una distancia de al menos 300 pies y que se muestre cuando se aplica el freno de servicio del vehículo.
- ¿La ley de Texas exige luces direccionales en un vehículo?
- El §547.324(a) dice que un vehículo motorizado, remolque, semirremolque o remolque de poste debe estar equipado con luces direccionales eléctricas que indiquen la intención del conductor de dar vuelta mostrando luces intermitentes al frente y atrás del vehículo y del lado hacia el que se dará la vuelta, con una excepción para ciertos automóviles de pasajeros o camiones de menos de 80 pulgadas de ancho fabricados o ensamblados antes del año modelo 1960.
- ¿Qué dicen las leyes de Texas sobre los frenos?
- El §547.401(a) dice que un vehículo motorizado, remolque, semirremolque, remolque de poste o combinación de esos vehículos debe estar equipado con frenos que cumplan el capítulo, con una excepción en el inciso (b) para ciertos remolques ligeros. El §547.402(a) dice que los frenos obligatorios deben funcionar en cada rueda del vehículo salvo lo enumerado, y el inciso (d) dice que los frenos deben mantenerse en buen estado de funcionamiento y ajustados para operar en las ruedas de cada lado del vehículo de forma pareja en lo posible.
- ¿Cómo anota un reporte de accidente de Texas los defectos del vehículo, como las luces y los frenos?
- La hoja de códigos de TxDOT (formulario CR-3CS, 4/1/2023) tiene una lista de defectos del vehículo (lista 39) con los códigos 5, Defective or No Headlamps (faros defectuosos o sin faros), 6, Defective or No Stop Lamps (luces de freno defectuosas o sin luces de freno), 7, Defective or No Tail Lamps (luces traseras defectuosas o sin luces traseras), 8, Defective or No Turn Signal Lamps (direccionales defectuosas o sin direccionales), 9, Defective or No Trailer Brakes (frenos de remolque defectuosos o sin frenos de remolque) y 10, Defective or No Vehicle Brakes (frenos del vehículo defectuosos o sin frenos), y la lista de factores que contribuyeron tiene 21, Drove Without Headlights (manejó sin faros) y 56, Parked without Lights (estacionado sin luces). Las instrucciones CR-100 de TxDOT relacionan cada código con las secciones que cita esta entrada.
- ¿Un defecto de luces o de frenos decide quién es responsable de un choque?
- No. El capítulo 547 fija requisitos de equipo para los vehículos. No decide la responsabilidad por ningún choque ni el resultado de ningún reclamo, y los códigos de defectos del vehículo y de factores que contribuyeron en un reporte de accidente son la opinión del oficial que investigó. Las reglas de responsabilidad proporcional de Texas están en el capítulo 33 del Código de Prácticas y Remedios Civiles. Un abogado puede orientarle sobre su situación específica.
Herramienta relacionada
- Buscador de informes de choque del área de Houston. Elija la agencia del área de Houston que atendió el choque para ver cómo dice que se pide el informe.
Fuentes
- Código de Transporte de Texas, §547.004 (delitos en general) (en inglés)
- Código de Transporte de Texas, §547.302 (deber de encender las luces) (en inglés)
- Código de Transporte de Texas, §547.321 (faros obligatorios) (en inglés)
- Código de Transporte de Texas, §547.322 (luces traseras obligatorias) (en inglés)
- Código de Transporte de Texas, §547.323 (luces de freno obligatorias) (en inglés)
- Código de Transporte de Texas, §547.324 (luces direccionales obligatorias) (en inglés)
- Código de Transporte de Texas, §547.383 (requisitos de iluminación en vehículos estacionados) (en inglés)
- Código de Transporte de Texas, §547.401 (frenos obligatorios) (en inglés)
- Código de Transporte de Texas, §547.402 (operación y mantenimiento de los frenos) (en inglés)
- Código de Transporte de Texas, §542.301 (delito en general) (en inglés)
- TxDOT, CR-100 Instrucciones a la policía para reportar choques (versión 29.0, 6/4/2025) (en inglés)
- TxDOT, hoja de códigos del Reporte de choque del oficial de paz de Texas, formulario CR-3CS (4/1/2023) (en inglés)
- Código de Gobierno de Texas, §301.001 (fecha de la sesión ordinaria de la Legislatura) (en inglés)
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- Referencia de leyes de Texas
Vueltas y direccionales en Texas: la ley §545.101 y las señales de vuelta y de alto
El texto oficial de las leyes de Texas sobre cómo debe dar vuelta a la derecha y a la izquierda un conductor, cuándo una vuelta o un cambio de carril debe hacerse con seguridad, cuánto tiempo antes se señala y cómo se da una señal de alto o de vuelta, con una explicación en lenguaje sencillo y cómo anota un reporte de accidente de Texas las vueltas indebidas y las señales omitidas. Texto revisado por última vez el 30 de octubre de 2026.
- Referencia de leyes de Texas
Rebasar y cambiar de carril en Texas: la ley §545.051 y el manejo por la derecha
El texto oficial de las leyes de Texas sobre manejar por la mitad derecha de la calle, rebasar por la izquierda y por la derecha, las zonas de no rebasar, mantenerse en un solo carril, manejar por el acotamiento y el uso del carril por las motocicletas, con una explicación en lenguaje sencillo y cómo anota un reporte de accidente de Texas los rebases y cambios de carril inseguros. Texto revisado por última vez el 30 de octubre de 2026.
- Referencia de leyes de Texas
Semáforos y señales de alto en Texas: la ley §544.007, la luz roja y las cámaras de semáforo
El texto oficial de las leyes de Texas sobre lo que exigen al conductor las luces verde, amarilla, roja e intermitentes y las señales de alto y de ceda el paso, y sobre la prohibición de 2019 de que ciudades y condados usen cámaras de luz roja, con una explicación en lenguaje sencillo y cómo las anota un reporte de accidente de Texas. Texto revisado por última vez el 30 de octubre de 2026.
- Referencia de leyes de Texas
Código de Transporte de Texas, capítulo 552: el derecho de paso de los peatones y los cruces peatonales
El texto oficial de las leyes de Texas que fijan cuándo los conductores deben ceder el paso a los peatones en un cruce peatonal o con la señal "Walk", cuándo los peatones deben ceder el paso y la regla del debido cuidado para los conductores, con el delito por atropellar en un cruce peatonal, una explicación en lenguaje sencillo y cómo anota un reporte de choque de Texas un atropello. Texto revisado por última vez el 29 de octubre de 2026.