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Referencia de leyes de Texas

Código de Transporte de Texas, §545.151 a §545.157: el derecho de paso en intersecciones, vueltas a la izquierda y salidas de cocheras

El texto oficial de las reglas de Texas sobre quién debe ceder el paso en intersecciones, vueltas a la izquierda, señales de alto y de ceda el paso, calles laterales (feeder) y salidas de cocheras o estacionamientos, con una explicación en lenguaje sencillo, las reglas sobre vehículos de emergencia y la ley Move Over, y cómo anota un reporte de choque de Texas que alguien no cedió el paso. Texto revisado por última vez el 29 de octubre de 2026.

15 min de lecturaPublicado 29 de octubre de 2026Última actualización 29 de octubre de 2026Editado por Joseph Budzinski, CTO de InjuryClaimGuide

La respuesta corta

Las reglas de Texas sobre el derecho de paso están en el Subcapítulo D del capítulo 545 del Código de Transporte. Un conductor que da vuelta a la izquierda debe "yield the right-of-way to a vehicle that is approaching from the opposite direction and that is in the intersection or in such proximity to the intersection as to be an immediate hazard" (ceder el paso a un vehículo que viene en sentido contrario y que está en la intersección o tan cerca de ella que representa un peligro inmediato) (Código de Transporte §545.152, en inglés). Otras secciones tratan las intersecciones sin señales ni semáforos y los semáforos apagados (§545.151, en inglés), las señales de alto y de ceda el paso (§545.153, en inglés), las calles laterales o feeder (§545.154, en inglés), las salidas de cocheras (§545.155, en inglés), los vehículos de emergencia (§545.156, en inglés) y la regla Move Over o Slow Down (§545.157, en inglés).

Esta entrada es solo orientación informativa general y no constituye asesoría legal.

Las leyes que se citan aquí están publicadas en inglés; los enlaces llevan a esos textos oficiales. Las traducciones al español de esta página no son oficiales.

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Datos clave (al 29 de octubre de 2026)

  • Quien da vuelta a la izquierda cede el paso al tráfico que viene de frente y que está en la intersección o lo bastante cerca para ser un peligro inmediato (§545.152, en inglés).
  • Intersecciones sin control: se cede el paso a la derecha. En una intersección sin dispositivo de control de tránsito, la regla general es ceder el paso al vehículo que viene por la derecha, con las excepciones que fija la sección (§545.151(d), en inglés).
  • Un semáforo apagado significa detenerse y ceder el paso. La misma obligación aplica si hay un semáforo pero ninguna de sus luces muestra una indicación (§545.151(a)(1)(B), en inglés).
  • Dos reglas sobre la prueba. Un conductor obligado por el §545.151 a detenerse y ceder el paso que se ve involucrado en un choque en la intersección "is presumed not to have yielded the right-of-way" (se presume que no cedió el paso) (§545.151(f), en inglés), y un choque después de pasar una señal de ceda el paso sin detenerse es "prima facie evidence that the operator failed to yield the right-of-way" (prueba prima facie de que el conductor no cedió el paso) (§545.153(d), en inglés).
  • En el reporte de choque. Los códigos 32 a 39 de la lista 38 son los factores "Failed to Yield ROW" (no cedió el derecho de paso) (CR-3CS, en inglés).
  • Casi sin cambios desde 1995. Los §§545.152 a 545.155 no muestran enmiendas desde 1995; el §545.151 se enmendó por última vez con las Leyes de 2003, 78.ª Legislatura, cap. 1325.

¿Qué dicen las secciones sobre el derecho de paso?

Texto oficial del §545.151(a), (d) y (f) y de los §§545.152 a 545.155 del Código de Transporte de Texas, tal como lo publica la Legislatura de Texas (en inglés):

Sec. 545.151. VEHICLE APPROACHING OR ENTERING INTERSECTION. (a) An operator approaching an intersection: (1) shall stop, yield, and grant immediate use of the intersection: (A) in obedience to an official traffic-control device, including a stop sign or yield right-of-way sign; or (B) if a traffic-control signal is present but does not display an indication in any of the signal heads; and (2) after stopping, may proceed when the intersection can be safely entered without interference or collision with traffic using a different street or roadway.

(d) Except as provided in Subsection (e), an operator approaching an intersection of a street or roadway that is not controlled by an official traffic-control device: (1) shall stop, yield, and grant immediate use of the intersection to a vehicle that has entered the intersection from the operator's right or is approaching the intersection from the operator's right in a proximity that is a hazard; and (2) after stopping, may proceed when the intersection can be safely entered without interference or collision with traffic using a different street or roadway.

(f) An operator who is required by this section to stop and yield the right-of-way at an intersection to another vehicle and who is involved in a collision or interferes with other traffic at the intersection to whom right-of-way is to be given is presumed not to have yielded the right-of-way.

Sec. 545.152. VEHICLE TURNING LEFT. To turn left at an intersection or into an alley or private road or driveway, an operator shall yield the right-of-way to a vehicle that is approaching from the opposite direction and that is in the intersection or in such proximity to the intersection as to be an immediate hazard.

Sec. 545.153. VEHICLE ENTERING STOP OR YIELD INTERSECTION. (a) Preferential right-of-way at an intersection may be indicated by a stop sign or yield sign as authorized in Section 544.003.

(b) Unless directed to proceed by a police officer or official traffic-control device, an operator approaching an intersection on a roadway controlled by a stop sign, after stopping as required by Section 544.010, shall yield the right-of-way to a vehicle that has entered the intersection from another highway or that is approaching so closely as to be an immediate hazard to the operator's movement in or across the intersection.

(c) An operator approaching an intersection on a roadway controlled by a yield sign shall: (1) slow to a speed that is reasonable under the existing conditions; and (2) yield the right-of-way to a vehicle in the intersection or approaching on another highway so closely as to be an immediate hazard to the operator's movement in or across the intersection.

(d) If an operator is required by Subsection (c) to yield and is involved in a collision with a vehicle in an intersection after the operator drove past a yield sign without stopping, the collision is prima facie evidence that the operator failed to yield the right-of-way.

Sec. 545.154. VEHICLE ENTERING OR LEAVING LIMITED-ACCESS OR CONTROLLED-ACCESS HIGHWAY. An operator on an access or feeder road of a limited-access or controlled-access highway shall yield the right-of-way to a vehicle entering or about to enter the access or feeder road from the highway or leaving or about to leave the access or feeder road to enter the highway.

Sec. 545.155. VEHICLE ENTERING HIGHWAY FROM PRIVATE ROAD OR DRIVEWAY. An operator about to enter or cross a highway from an alley, building, or private road or driveway shall yield the right-of-way to a vehicle approaching on the highway to be entered.

Traducción no oficial al español:

Sec. 545.151. VEHÍCULO QUE SE ACERCA A UNA INTERSECCIÓN O ENTRA EN ELLA. (a) El conductor que se acerca a una intersección: (1) debe detenerse, ceder el paso y dejar libre la intersección: (A) en cumplimiento de un dispositivo oficial de control de tránsito, como una señal de alto o de ceda el paso; o (B) si hay un semáforo pero ninguna de sus luces muestra una indicación; y (2) después de detenerse, puede avanzar cuando pueda entrar a la intersección con seguridad, sin interferir ni chocar con el tráfico de otra calle o vía.

(d) Salvo lo dispuesto en el inciso (e), el conductor que se acerca a una intersección de una calle o vía que no está controlada por un dispositivo oficial de control de tránsito: (1) debe detenerse, ceder el paso y dejar libre la intersección a un vehículo que entró a la intersección por su derecha o que se acerca a la intersección por su derecha a una distancia que representa un peligro; y (2) después de detenerse, puede avanzar cuando pueda entrar a la intersección con seguridad, sin interferir ni chocar con el tráfico de otra calle o vía.

(f) Se presume que no cedió el paso el conductor que, estando obligado por esta sección a detenerse y ceder el paso a otro vehículo en una intersección, se ve involucrado en un choque o interfiere con otro tráfico en la intersección al que debía ceder el paso.

Sec. 545.152. VEHÍCULO QUE DA VUELTA A LA IZQUIERDA. Para dar vuelta a la izquierda en una intersección o para entrar a un callejón, un camino privado o una cochera, el conductor debe ceder el paso a un vehículo que viene en sentido contrario y que está en la intersección o tan cerca de ella que representa un peligro inmediato.

Sec. 545.153. VEHÍCULO QUE ENTRA A UNA INTERSECCIÓN CON ALTO O CEDA EL PASO. (a) El derecho de paso preferente en una intersección se puede indicar con una señal de alto o de ceda el paso, según lo autoriza la Sección 544.003.

(b) Salvo que un policía o un dispositivo oficial de control de tránsito le indique avanzar, el conductor que se acerca a una intersección en una vía controlada por una señal de alto, después de detenerse como lo exige la Sección 544.010, debe ceder el paso a un vehículo que ya entró a la intersección desde otra vía o que se acerca tan de cerca que representa un peligro inmediato para el movimiento del conductor en la intersección o al cruzarla.

(c) El conductor que se acerca a una intersección en una vía controlada por una señal de ceda el paso debe: (1) bajar a una velocidad razonable según las condiciones del momento; y (2) ceder el paso a un vehículo que está en la intersección o que se acerca por otra vía tan de cerca que representa un peligro inmediato para el movimiento del conductor en la intersección o al cruzarla.

(d) Si un conductor está obligado por el inciso (c) a ceder el paso y se ve involucrado en un choque con un vehículo en una intersección después de pasar una señal de ceda el paso sin detenerse, el choque es prueba prima facie de que el conductor no cedió el paso.

Sec. 545.154. VEHÍCULO QUE ENTRA A UNA AUTOPISTA DE ACCESO LIMITADO O CONTROLADO O SALE DE ELLA. El conductor en una calle de acceso o lateral (feeder) de una autopista de acceso limitado o controlado debe ceder el paso a un vehículo que entra o está por entrar a la calle de acceso o lateral desde la autopista, o que sale o está por salir de la calle de acceso o lateral para entrar a la autopista.

Sec. 545.155. VEHÍCULO QUE ENTRA A UNA CARRETERA DESDE UN CAMINO PRIVADO O UNA COCHERA. El conductor que está por entrar a una carretera o cruzarla desde un callejón, un edificio, un camino privado o una cochera debe ceder el paso a un vehículo que se acerca por la carretera a la que va a entrar.

Fuente: capítulo 545, subcapítulo D, del Código de Transporte de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés). Texto revisado por última vez el 29 de octubre de 2026.

¿Qué significan en lenguaje sencillo?

  • "Ceder el paso" (yield) significa dejar que el otro vehículo pase primero. Cada sección dice quién debe ceder el paso y a quién.
  • Las señales y los semáforos van primero. Según el §545.151(a), el conductor se detiene y cede el paso como lo indica un dispositivo oficial de control de tránsito, como una señal de alto o de ceda el paso. Después de detenerse, puede avanzar cuando pueda entrar a la intersección con seguridad.
  • Un semáforo apagado. Si hay un semáforo pero ninguna de sus luces muestra nada, el §545.151(a)(1)(B) aplica la misma obligación de detenerse y ceder el paso.
  • Sin ninguna señal. En una intersección sin dispositivo de control de tránsito, el conductor cede el paso al vehículo que viene por la derecha (§545.151(d)). Otros tres incisos cambian eso para ciertas vías: una calle de uno o dos carriles que llega a una carretera dividida o a una vía con tres o más carriles marcados (inciso (b)), una calle sin pavimentar que llega a una pavimentada (inciso (c)) y una calle que termina en la intersección (inciso (e)). En cada caso, el conductor de la primera vía se detiene y cede el paso.
  • Vueltas a la izquierda. El conductor que da vuelta a la izquierda cede el paso a los vehículos que vienen de frente y que están en la intersección o lo bastante cerca para ser un peligro inmediato (§545.152).
  • Señales de alto y de ceda el paso. Ante una señal de alto, el conductor se detiene donde lo indica el §544.010 (en inglés), es decir, en una línea de alto claramente marcada; si no la hay, antes del cruce peatonal; y si no hay ninguno de los dos, en el punto más cercano a la vía que cruza desde donde pueda ver el tráfico que se acerca. Después cede el paso (§545.153(b)). Ante una señal de ceda el paso, el conductor baja a una velocidad razonable y cede el paso (§545.153(c)).
  • Las dos reglas sobre la prueba son limitadas. El §545.151(f) fija una presunción para un conductor "required by this section to stop and yield" (obligado por esta sección a detenerse y ceder el paso); el §545.153(d) aplica después de que un conductor "drove past a yield sign without stopping" (pasó una señal de ceda el paso sin detenerse). Cada una aplica solo en la situación que describen sus propias palabras. Si alguna aplica a un choque en particular, o en un caso civil, es una pregunta para un abogado.
  • "Intersección" significa "the common area at the junction of two highways, other than the junction of an alley and a highway" (el área común donde se unen dos vías, salvo la unión de un callejón con una vía) (§541.303(a), en inglés).

¿Qué otras reglas sobre el derecho de paso hay en el subcapítulo?

  • Vehículos de emergencia. Cuando se acerca de inmediato un vehículo de emergencia autorizado que usa señales sonoras y visuales, o uno de los otros vehículos que enumera el §545.156(a), el conductor, salvo que un policía le indique otra cosa, debe ceder el paso, llevar el vehículo de inmediato a una posición paralela y lo más cerca posible a la orilla o banqueta derecha de la vía, fuera de cualquier intersección, y detenerse y quedarse parado hasta que pase el vehículo de emergencia autorizado (§545.156, en inglés).
  • Move Over o Slow Down (muévase o baje la velocidad). El §545.157 aplica a los vehículos que enumera, entre ellos un vehículo de emergencia autorizado detenido que usa señales visuales, una grúa detenida y los vehículos de TxDOT, de mantenimiento de carreteras, de servicios públicos, de basura o reciclaje, de proyectos de peaje, de control de animales y de control de estacionamiento que cumplen las condiciones de la sección. Al acercarse a uno, salvo que un policía indique otra cosa, el conductor debe "vacate the lane closest to the vehicle when driving on a highway with two or more lanes traveling in the direction of the vehicle" (dejar libre el carril más cercano al vehículo cuando maneja en una carretera con dos o más carriles en el sentido del vehículo), o bajar a una velocidad que no pase de 20 millas por hora menos que el límite de velocidad señalado cuando ese límite es de 25 millas por hora o más, o de cinco millas por hora cuando es de menos de 25. Una infracción es un delito menor castigado con una multa, con un rango de multa más alto para una segunda infracción o una posterior dentro de cinco años; es un delito menor de Clase A si la infracción causa lesiones corporales a otra persona, y un delito grave estatal (state jail felony) si se repite una infracción de ese tipo (§545.157(c), en inglés).
  • La obligación del conductor de emergencia. El §545.156(b) dice que la sección "does not exempt the operator of a vehicle described by Subsection (a) from the duty to drive with due regard for the safety of all persons using the highway" (no exime al conductor de un vehículo descrito en el inciso (a) de la obligación de manejar con el debido cuidado por la seguridad de todas las personas que usan la vía).

¿Cómo anota un reporte de choque que alguien no cedió el paso?

  • Ocho códigos. En la lista 38 de la hoja de códigos de TxDOT, los códigos "Failed to Yield ROW" (no cedió el derecho de paso) son el 32, Emergency Vehicle (vehículo de emergencia); 33, Open Intersection (intersección abierta); 34, Private Drive (entrada privada); 35, Stop Sign (señal de alto); 36, To Pedestrian (a un peatón); 37, Turning Left (al dar vuelta a la izquierda); 38, Turn on Red (vuelta con luz roja); y 39, Yield Sign (señal de ceda el paso). El código 15 es Disregard Stop and Go Signal (no respetó el semáforo) (CR-3CS, 4/1/2023, en inglés).
  • Se compara con otros campos. Las instrucciones CR-100 de TxDOT dicen que si un factor que contribuyó es el 35, Failed To Yield Right Of Way - Stop Sign, el campo Traffic Control (control de tránsito) debe marcarse con el 8, Stop Sign (señal de alto) (CR-100, en inglés).
  • La opinión del oficial. Las mismas instrucciones titulan los factores que contribuyeron "Investigator's Opinion" (opinión del investigador) y dicen que el oficial "may not have enough evidence to file a traffic charge, but does have enough data to render an opinion as to the contributing factors of the crash" (puede no tener pruebas suficientes para presentar un cargo de tránsito, pero sí tiene datos suficientes para dar una opinión sobre los factores que contribuyeron al choque) (CR-100, §4.6, en inglés). La guía para leer un reporte de choque de Texas explica los demás campos.

¿Qué aplica en Houston y el condado de Harris?

El subcapítulo D aplica en todo el estado, también en las intersecciones de Houston y en las calles laterales (feeder) del condado de Harris; no se encontró ninguna regla aparte de la Ciudad de Houston ni del condado de Harris sobre el derecho de paso. La regla del §545.154 aplica a una calle de acceso o lateral de una autopista de acceso limitado o controlado. La guía sobre las intersecciones de Houston con choques graves resume los registros de choques de TxDOT para las intersecciones de Houston, y la guía sobre atropellos de peatones en Houston trata los choques en los que hay personas a pie.

¿Cuándo se revisó y puede cambiar?

El texto de arriba se revisó por última vez el 29 de octubre de 2026, comparándolo con el texto oficial que publica la Legislatura de Texas, y la hoja de códigos y las instrucciones de TxDOT se leyeron el mismo día. La Legislatura puede enmendar una ley en cualquier sesión. Se reúne en sesión ordinaria el segundo martes de enero de cada año impar (Código de Gobierno §301.001, en inglés), así que la próxima sesión ordinaria comienza el 12 de enero de 2027. Está previsto volver a revisar esta entrada contra el texto oficial a más tardar en abril de 2027 y otra vez después de que termine la sesión ordinaria de 2027.

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Preguntas frecuentes

¿Quién tiene el derecho de paso al dar vuelta a la izquierda en Texas?
Según el §545.152 del Código de Transporte de Texas, para dar vuelta a la izquierda en una intersección o para entrar a un callejón, un camino privado o una cochera, el conductor debe ceder el paso a un vehículo que viene en sentido contrario y que está en la intersección o tan cerca de ella que representa un peligro inmediato.
¿Quién pasa primero en una intersección sin señales ni semáforos en Texas?
Según el §545.151(d), salvo lo dispuesto en el inciso (e), el conductor que se acerca a una intersección sin un dispositivo oficial de control de tránsito debe detenerse, ceder el paso y dejar libre la intersección a un vehículo que entró a la intersección por su derecha o que se acerca por su derecha a una distancia que representa un peligro. Los incisos (b), (c) y (e) fijan reglas distintas para una calle más pequeña que llega a una vía dividida o más ancha, una calle sin pavimentar que llega a una pavimentada y una calle que termina en la intersección.
¿Qué dice la ley de Texas sobre las señales de alto y de ceda el paso?
Según el §545.153(b), el conductor que se acerca a una intersección controlada por una señal de alto, después de detenerse como lo exige el §544.010, debe ceder el paso a un vehículo que ya entró a la intersección desde otra vía o que se acerca tan de cerca que representa un peligro inmediato. Según el §545.153(c), ante una señal de ceda el paso el conductor debe bajar a una velocidad razonable y ceder el paso a un vehículo que está en la intersección o que se acerca tan de cerca que representa un peligro inmediato.
¿Qué pasa cuando un semáforo no funciona en Texas?
Según el §545.151(a)(1)(B), el conductor que se acerca a una intersección debe detenerse, ceder el paso y dejar libre la intersección si hay un semáforo pero ninguna de sus luces muestra una indicación, y después de detenerse puede avanzar cuando pueda entrar a la intersección con seguridad, sin interferir ni chocar con el tráfico de otra calle o vía.
¿Quién cede el paso en una calle lateral (feeder) o al salir de una cochera en Texas?
Según el §545.154, el conductor en una calle de acceso o lateral (feeder) de una autopista de acceso limitado o controlado debe ceder el paso a un vehículo que entra o está por entrar a la calle lateral desde la autopista, o que sale o está por salir de ella para entrar a la autopista. Según el §545.155, el conductor que está por entrar a una carretera o cruzarla desde un callejón, un edificio, un camino privado o una cochera debe ceder el paso a un vehículo que se acerca por esa carretera.
¿Qué es la ley Move Over o Slow Down (muévase o baje la velocidad) de Texas?
El §545.157 aplica a los vehículos que enumera, como un vehículo de emergencia autorizado detenido que usa señales visuales, una grúa detenida y ciertos vehículos de TxDOT, de servicios públicos, de basura o reciclaje, de autopistas de peaje y de control de animales que usan señales visuales. Al acercarse a uno, salvo que un policía indique otra cosa, el conductor debe dejar libre el carril más cercano al vehículo en una carretera con dos o más carriles en ese sentido, o bajar a 20 millas por hora menos que el límite de velocidad señalado cuando ese límite es de 25 millas por hora o más, o a cinco millas por hora cuando el límite señalado es de menos de 25.
¿Cómo anota un reporte de choque de Texas que alguien no cedió el paso?
La hoja de códigos del reporte de choque de TxDOT (formulario CR-3CS, 4/1/2023) incluye los códigos 32 a 39 de la lista 38 para Failed to Yield ROW (no cedió el derecho de paso): a un vehículo de emergencia, en una intersección abierta, en una entrada privada, en una señal de alto, a un peatón, al dar vuelta a la izquierda, al dar vuelta con luz roja y en una señal de ceda el paso. Las instrucciones CR-100 de TxDOT describen los factores que contribuyeron como la opinión del oficial que investiga.
¿Estas reglas deciden quién es responsable de un choque en una intersección?
No. Estas secciones son reglas de tránsito para los conductores. No deciden la responsabilidad de ningún choque ni el resultado de ningún reclamo. Un abogado puede orientarle sobre su situación específica.

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