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Referencia de leyes de Texas

Ley dram shop de Texas, Código de Bebidas Alcohólicas §2.02: el texto oficial explicado

El texto oficial de la ley dram shop de Texas sobre la responsabilidad civil de quien vende o sirve alcohol y la regla de capacitación de vendedores, explicado.

11 min de lecturaPublicado 27 de octubre de 2026Última actualización 27 de octubre de 2026Editado por Joseph Budzinski, CTO de InjuryClaimGuide

La respuesta corta

El capítulo 2 del Código de Bebidas Alcohólicas de Texas dice que proporcionar, vender o servir una bebida alcohólica puede ser la base de una acción basada en la ley (statutory cause of action) si se prueban dos cosas: que en el momento de la provisión para el proveedor era evidente que la persona estaba obviamente intoxicada al grado de representar un peligro claro para sí misma y para otros, y que la intoxicación fue una causa próxima de los daños sufridos (traducción no oficial del texto en inglés) (Código de Bebidas Alcohólicas §2.02(b), en inglés). Por proporcionar una bebida alcohólica a una persona de 18 años o más, el capítulo 2 es la acción exclusiva (§2.03(c), en inglés). Un abogado puede decirle cómo aplican estas reglas a una situación específica.

Esta entrada es solo orientación informativa general y no constituye asesoría legal.

Las leyes que se citan aquí están publicadas en inglés; los enlaces llevan a esos textos oficiales. Las traducciones al español de esta página no son oficiales.

Datos clave (al 2026-10-27)

  • Hay que probar dos cosas. Lo que era evidente para el proveedor en el momento de la provisión, y la causa próxima (§2.02(b)).
  • La ley define al "proveedor". Una persona que vende o sirve una bebida alcohólica con una licencia o un permiso expedido conforme al Código, o que de otra forma vende una bebida alcohólica a una persona (§2.01(1)).
  • El reclamo contra quien tomó es aparte. El capítulo 2 no afecta una acción de derecho común contra la persona que tomó (§2.02(a)).
  • Recurso exclusivo. Por proporcionar una bebida alcohólica a una persona de 18 años o más, el capítulo 2 es la acción exclusiva (§2.03(c)).
  • Una regla aparte para menores. Un adulto de 21 años o más puede ser responsable por los daños causados de forma próxima por la intoxicación de un menor de 18 años, bajo las condiciones del §2.02(c) (§2.02(c)).
  • Empleados y capacitación de vendedores. El §106.14 establece cuándo los actos de un empleado no se atribuyen al empleador, para las disposiciones del Código que enumera (§106.14(a)).
  • En el Código desde 1987. Las líneas de historial indican que el capítulo 2 se agregó por las Leyes de 1987, 70.ª Legislatura, cap. 303, con vigencia desde el 11 de junio de 1987; el §2.02 se enmendó por última vez en 2005 (79.ª Legislatura, cap. 643, H.B. 2868) y el §2.03 en 2003 (78.ª Legislatura, cap. 456).

¿Qué dice el capítulo 2?

Texto oficial de los §§2.01-2.03 del Código de Bebidas Alcohólicas de Texas, tal como lo publica la Legislatura de Texas (en inglés):

Sec. 2.01. DEFINITIONS. In this chapter:

(1) "Provider" means a person who sells or serves an alcoholic beverage under authority of a license or permit issued under the terms of this code or who otherwise sells an alcoholic beverage to an individual.

(2) "Provision" includes, but is not limited to, the sale or service of an alcoholic beverage.

Sec. 2.02. CAUSES OF ACTION. (a) This chapter does not affect the right of any person to bring a common law cause of action against any individual whose consumption of an alcoholic beverage allegedly resulted in causing the person bringing the suit to suffer personal injury or property damage.

(b) Providing, selling, or serving an alcoholic beverage may be made the basis of a statutory cause of action under this chapter and may be made the basis of a revocation proceeding under Section 6.01(b) of this code upon proof that:

(1) at the time the provision occurred it was apparent to the provider that the individual being sold, served, or provided with an alcoholic beverage was obviously intoxicated to the extent that he presented a clear danger to himself and others; and

(2) the intoxication of the recipient of the alcoholic beverage was a proximate cause of the damages suffered.

(c) An adult 21 years of age or older is liable for damages proximately caused by the intoxication of a minor under the age of 18 if:

(1) the adult is not:

(A) the minor's parent, guardian, or spouse; or

(B) an adult in whose custody the minor has been committed by a court; and

(2) the adult knowingly:

(A) served or provided to the minor any of the alcoholic beverages that contributed to the minor's intoxication; or

(B) allowed the minor to be served or provided any of the alcoholic beverages that contributed to the minor's intoxication on the premises owned or leased by the adult.

Sec. 2.03. EXCLUSIVITY OF STATUTORY REMEDY. (a) The liability of providers under this chapter for the actions of their employees, customers, members, or guests who are or become intoxicated is in lieu of common law or other statutory law warranties and duties of providers of alcoholic beverages.

(b) This chapter does not impose obligations on a provider of alcoholic beverages other than those expressly stated in this chapter.

(c) This chapter provides the exclusive cause of action for providing an alcoholic beverage to a person 18 years of age or older.

Traducción no oficial al español:

Sec. 2.01. DEFINICIONES. En este capítulo:

(1) "Proveedor" significa una persona que vende o sirve una bebida alcohólica con la autorización de una licencia o un permiso expedido conforme a este código, o que de otra forma vende una bebida alcohólica a una persona.

(2) "Provisión" incluye, entre otras cosas, la venta o el servicio de una bebida alcohólica.

Sec. 2.02. CAUSAS DE ACCIÓN. (a) Este capítulo no afecta el derecho de cualquier persona a presentar una acción de derecho común contra cualquier persona cuyo consumo de una bebida alcohólica supuestamente causó que quien presenta la demanda sufriera lesiones personales o daños a sus bienes.

(b) Proporcionar, vender o servir una bebida alcohólica puede ser la base de una acción basada en la ley conforme a este capítulo, y puede ser la base de un procedimiento de revocación conforme a la Sección 6.01(b) de este código, si se prueba que:

(1) en el momento de la provisión era evidente para el proveedor que la persona a quien se le vendía, servía o proporcionaba la bebida alcohólica estaba obviamente intoxicada al grado de representar un peligro claro para sí misma y para otros; y

(2) la intoxicación de quien recibió la bebida alcohólica fue una causa próxima de los daños sufridos.

(c) Un adulto de 21 años de edad o más es responsable por los daños causados de forma próxima por la intoxicación de un menor de 18 años si:

(1) el adulto no es:

(A) el padre o la madre, el tutor o el cónyuge del menor; ni

(B) un adulto bajo cuya custodia un tribunal haya puesto al menor; y

(2) el adulto, a sabiendas:

(A) sirvió o proporcionó al menor alguna de las bebidas alcohólicas que contribuyeron a la intoxicación del menor; o

(B) permitió que se le sirviera o proporcionara al menor alguna de las bebidas alcohólicas que contribuyeron a su intoxicación en un local que es propiedad del adulto o que el adulto arrienda.

Sec. 2.03. EXCLUSIVIDAD DEL RECURSO LEGAL. (a) La responsabilidad de los proveedores conforme a este capítulo por los actos de sus empleados, clientes, socios o invitados que están o llegan a estar intoxicados sustituye a las garantías y obligaciones de los proveedores de bebidas alcohólicas que establecen el derecho común u otras leyes.

(b) Este capítulo no impone a un proveedor de bebidas alcohólicas otras obligaciones que las que establece expresamente este capítulo.

(c) Este capítulo establece la acción exclusiva por proporcionar una bebida alcohólica a una persona de 18 años de edad o más.

Fuente: capítulo 2 del Código de Bebidas Alcohólicas de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés). Texto revisado por última vez el 27 de octubre de 2026.

¿Qué significa en lenguaje sencillo?

  • Hay dos tipos distintos de reclamo. Uno es un reclamo de derecho común contra la persona que tomó, que el capítulo 2 deja en pie (§2.02(a)). El otro es el reclamo basado en la ley contra un proveedor, que el capítulo 2 crea y limita (§2.02(b)).
  • La prueba se fija en lo que era evidente para el proveedor. El §2.02(b)(1) pregunta si, en el momento de la provisión, era evidente para el proveedor que la persona estaba obviamente intoxicada al punto de representar un peligro claro para sí misma y para otros. La ley vincula la prueba a ese momento.
  • Se exigen las dos partes. El §2.02(b) une sus dos partes con "and" (y): la parte de la intoxicación evidente y la parte de la causa próxima.
  • La misma prueba puede afectar una licencia. El §2.02(b) también dice que la misma prueba puede ser la base de un procedimiento de revocación conforme al §6.01(b) del Código, que es un procedimiento aparte sobre una licencia o un permiso.
  • El capítulo 2 fija el límite exterior para los proveedores. El §2.03 dice que la responsabilidad de un proveedor conforme al capítulo 2 sustituye a otras garantías y obligaciones del derecho común o de otras leyes, que el capítulo 2 no impone obligaciones aparte de las que establece, y que es la acción exclusiva por proporcionar alcohol a una persona de 18 años o más.
  • La regla sobre menores tiene sus propias condiciones. El §2.02(c) aplica a un adulto de 21 años o más que no es el padre o la madre, el tutor o el cónyuge del menor, ni un adulto bajo cuya custodia un tribunal puso al menor, y que a sabiendas sirvió o proporcionó el alcohol, o a sabiendas permitió que se sirviera o proporcionara en un local que es propiedad del adulto o que el adulto arrienda.

¿Qué dice el §106.14?

Texto oficial del §106.14(a) del Código de Bebidas Alcohólicas de Texas (en inglés):

Sec. 106.14. ACTIONS OF EMPLOYEE. (a) For purposes of this chapter and any other provision of this code relating to the sales, service, dispensing, or delivery of alcoholic beverages to a person who is not a member of a private club on the club premises, a minor, or an intoxicated person or the consumption of alcoholic beverages by a person who is not a member of a private club on the club premises, a minor, or an intoxicated person, the actions of an employee shall not be attributable to the employer if:

(1) the employer requires its employees to attend a commission-approved seller training program;

(2) the employee has actually attended such a training program; and

(3) the employer has not directly or indirectly encouraged the employee to violate such law.

Traducción no oficial al español:

Sec. 106.14. ACTOS DEL EMPLEADO. (a) Para los fines de este capítulo y de cualquier otra disposición de este código relacionada con la venta, el servicio, el despacho o la entrega de bebidas alcohólicas a una persona que no es socia de un club privado en el local del club, a un menor o a una persona intoxicada, o con el consumo de bebidas alcohólicas por una persona que no es socia de un club privado en el local del club, por un menor o por una persona intoxicada, los actos de un empleado no se atribuirán al empleador si:

(1) el empleador exige a sus empleados asistir a un programa de capacitación para vendedores aprobado por la comisión;

(2) el empleado efectivamente asistió a ese programa de capacitación; y

(3) el empleador no ha animado al empleado, directa ni indirectamente, a violar esa ley.

Fuente: §106.14 del Código de Bebidas Alcohólicas de Texas, statutes.capitol.texas.gov (en inglés). Texto revisado por última vez el 27 de octubre de 2026.

En lenguaje sencillo, la sección enumera tres condiciones, unidas por "and" (y): el empleador exige la capacitación para vendedores, el empleado efectivamente asistió y el empleador no animó al empleado, directa ni indirectamente, a violar la ley. La "comisión" (commission) es la Comisión de Bebidas Alcohólicas de Texas (Texas Alcoholic Beverage Commission) (§1.04(10), en inglés), y el §106.14(b) dice que la comisión fija los requisitos mínimos de los programas aprobados de capacitación para vendedores. Esta entrada presenta el §106.14 solo como lo dice la ley; no describe cómo los tribunales han aplicado la sección a reclamos bajo el capítulo 2. Si el §106.14 aplica a un reclamo en particular, y cómo, es una pregunta para un abogado.

¿Cuándo se revisó y puede cambiar?

El texto de la ley que aparece arriba se revisó por última vez el 27 de octubre de 2026, comparándolo con el texto oficial que publica la Legislatura de Texas. La Legislatura puede enmendar una ley en cualquier sesión, y los tribunales pueden precisar cómo se aplica una regla. La Legislatura se reúne en sesión ordinaria el segundo martes de enero de cada año impar (Código de Gobierno §301.001, en inglés), así que la próxima sesión ordinaria comienza el 12 de enero de 2027. Está previsto volver a revisar esta entrada contra el texto oficial a más tardar en abril de 2027 y otra vez después de que termine la sesión ordinaria de 2027.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la ley "dram shop" de Texas?
Es el capítulo 2 del Código de Bebidas Alcohólicas de Texas. El §2.02(b) dice que proporcionar, vender o servir una bebida alcohólica puede ser la base de una acción basada en la ley (statutory cause of action) si se prueba que, en el momento de la provisión, era evidente para el proveedor que la persona estaba obviamente intoxicada al grado de representar un peligro claro para sí misma y para otros, y que la intoxicación de quien recibió la bebida fue una causa próxima de los daños sufridos.
¿Quién es un "proveedor" según el capítulo 2?
El §2.01 define al proveedor (provider) como una persona que vende o sirve una bebida alcohólica con la autorización de una licencia o un permiso expedido conforme al Código de Bebidas Alcohólicas, o que de otra forma vende una bebida alcohólica a una persona.
¿El capítulo 2 reemplaza un reclamo contra la persona que tomó?
No. El §2.02(a) dice que el capítulo 2 no afecta el derecho de cualquier persona a presentar una acción de derecho común (common law) contra una persona cuyo consumo de una bebida alcohólica supuestamente le causó lesiones personales o daños a sus bienes.
¿Qué dice el §106.14 sobre los empleados?
El §106.14(a) dice que, para los fines del capítulo 106 y de cualquier otra disposición del Código relacionada con la venta, el servicio, el despacho o la entrega de bebidas alcohólicas a un menor, a una persona intoxicada o a quien no es socio de un club privado en el local del club, o con el consumo de bebidas alcohólicas por cualquiera de esas personas, los actos de un empleado no se atribuirán al empleador si el empleador exige a sus empleados asistir a un programa de capacitación para vendedores aprobado por la comisión, el empleado efectivamente asistió a ese programa y el empleador no animó al empleado, directa ni indirectamente, a violar esa ley. Si aplica a un reclamo en particular, y cómo, es una pregunta para un abogado.
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